En el BOE de 27 de noviembre se ha publicado la Resolución
de 25 de noviembre de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo
a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24
de noviembre de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones de
los nuevos tramos de la línea de avales aprobada por Real Decreto-ley 25/2020,
de 3 de julio, para financiación concedida a empresas en convenio y a aquellas
que, sin estarlo, estaban en proceso de renovación de su programa de pagarés en
el Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) a 23 de abril de 2021.
Las medidas de contención del COVID-19 han provocado una
reducción significativa de los ingresos de las empresas, generando importantes
necesidades de liquidez. Por ello este Acuerdo de Consejo de Ministros libera
un tramo de avales por importe de 2.550 millones de euros para empresas que
estén en fase de ejecución del convenio concursal dentro de un procedimiento
concursal y necesiten financiación a través de los mercados de capitales o de
canales bancarios tradicionales.
Por lo anterior, el Consejo de Ministros acuerda:
En el BOE de 4 de noviembre se ha publicado el Real Decreto-ley
33/2020, de 3 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo
a entidades del Tercer Sector de Acción Social de ámbito estatal.
Atendiendo a los efectos sociales que la crisis sanitaria está teniendo en
la población española por el rápido deterioro del mercado laboral como del
incremento de necesidades sociales en distintos ámbitos y colectivos sociales
se aprueba este RD-ley, al amparo del artículo 149.1.1ª de la Constitución
Española que establece la competencia exclusiva del Estado en la regulación de
las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los
españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes
constitucionales.
Por lo anterior, el presente se trata de alcanzar tres objetivos de
forma urgente como primer paso para, con posterioridad, abordar las reformas
necesarias para dotar de un nuevo marco de actuación a las entidades
del Tercer Sector de Acción Social:
§ Abordar con rapidez la necesidad de liquidez
inmediata de las entidades del Tercer Sector de Acción Social de
ámbito estatal que llevan años colaborando con distintas administraciones y,
sobre todo, con los departamentos ministeriales que ostentan competencias en
las diversas dimensiones de la acción social.
§ Garantizar en todo momento la percepción
de estas subvenciones por parte de las entidades beneficiarias
independientemente de los sucesos que en los próximos meses pudieran
obstaculizar, ralentizar o incluso impedir la realización de todos los trámites
que la legislación contempla para la percepción de estas subvenciones.
§ Mejorar la definición de aquellos fines a
los que los poderes públicos pueden orientar la financiación del
Tercer Sector de Acción Social.
En el BOE de 29 de julio se ha publicado la Resolución
de 28 de julio de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la
Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 28 de julio de 2020, por el que se establecen los términos y
condiciones del primer tramo de la línea de avales a financiación concedida a
empresas y autónomos con la finalidad principal de financiar inversiones y se
autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios
futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de
26 de noviembre, General Presupuestaria.
A los efectos de dar publicidad al mencionado Acuerdo se
publica este como ANEXO a la presente Resolución, el cual dispone entre las
medidas establecidas por el Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas
urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo (artículo 1),
una nueva línea de avales públicos por importe máximo de 40.000 millones de
euros que complementa las ya activadas en el curso del año y permite atender a
las necesidades de liquidez estimadas para los próximos meses.
En el BOE del 17 de junio se ha publicado la Resolución de 16 de junio de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de junio de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones del quinto tramo de la línea de avales a préstamos concedidos a empresas y autónomos, a préstamos concedidos a pymes y autónomos del sector turístico y actividades conexas, y financiación concedida a empresas y autónomos para la adquisición de vehículos de motor de transporte por carretera de uso profesional, y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Al día siguiente, en el BOE de 18 de junio, se publica la corrección de erratas, por la que se sustituyen los anexos
Mediante este quinto tramo, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital avalará la financiación otorgada a pymes y autónomos por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pagos para paliar los efectos en su actividad como consecuencia del COVID-19.
Además, se dotan tramos específicos adicionales de 2.500 millones de euros para atender las necesidades de financiación de las pymes y autónomos del sector turístico y actividades conexas y de 500 millones de euros para nueva financiación para la compra y arrendamiento financiero u operativo de vehículos a motor de transporte terrestre por empresas y autónomos.
En el BOE del 17 de junio se ha publicado el Real Decreto
569/2020, de 16 de junio, por el que se regula el programa de incentivos a la
movilidad eficiente y sostenible (Programa
MOVES II) y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este
programa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla.
La primera edición del Programa MOVES, vigente hasta 31 de
diciembre de 2019, con un grado de
compromiso de fondos del 82,5% y un presupuesto comprometido de cerca de 37,2
millones de euros se aprobó para dar respuesta a un total de 6.182 solicitudes.
Tras su finalización se considera conveniente aprobar una segunda edición a fin
de conseguir una mejor ejecución de los fondos destinados
al programa y contribuir mejor a los objetivos de descarbonización del sector
transporte de acuerdo con lo establecido en el Plan Nacional Integrado de
Energía y Clima, PNIEC 2021-2030.
En el BOE de 13 de junio, se publicó el Extracto
de la Orden, de 8 de junio, por la que se convocan las ayudas correspondientes
al Plan de renovación del Parque Nacional de Maquinaria Agraria (Plan Renove)
para el ejercicio 2020.
El plazo de presentación de las solicitudes será desde el 15 de junio hasta 15 de septiembre
de 2020, y se realizará a través de la sede electrónica
de la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones
estatales para la renovación del parque nacional de maquinaria agraria se
recogen en el Real Decreto 704/2017, de 7 de julio.
En el BOE de 28 de mayo de 2020 se ha publicado la Orden
APA/452/2020, de 26 de mayo, por la que se acuerda la no suspensión de los
plazos previstos en la Orden APA/377/2020, de 28 de abril, por la que se
modifican, para el año 2020, diversos plazos establecidos en los Reales
Decretos 1075/2014, 1076/2014, 1077/2014 y 1078/2014, todos ellos de 19 de
diciembre, dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común.
Con la finalidad de facilitar a los agricultores y ganaderos
las gestiones relacionadas con la Política Agrícola Común debido a las
circunstancias actuales, consecuencia del COVID-19, a través de la Orden
APA/377/2020 de 28 de abril, se modificaron para el año 2020 diversos plazos
establecidos en los reales decretos mencionados. El principal cambio que se
incluyó en dicha orden fue el retraso, hasta el próximo 15 de junio, de la
fecha final para la presentación en plazo de la solicitud única 2020.
Mediante la presente orden APA/452/2020, de 26 de mayo, se
procede a declarar a nivel nacional la no suspensión de los plazos relacionados
con la PAC. Así se determina en la NOTA TÉCNICA del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación (Fondo
Español de Garantía Agraria), del 28 de mayo, en la que se recuerda los principales plazos y fechas vigentes en la campaña 2020 para la
presentación de las solicitudes relacionadas con la PAC.
Fuente: Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación
Fondo Español de
Garantía Agraria (FEGA)
En el BOE del 20 de mayo se ha publicado la Resolución de 19 de mayo de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 19 de mayo de 2020, por el que se instruye al Instituto de Crédito Oficial a poner en marcha el cuarto tramo de la línea de avales aprobada por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y se establece que sus beneficiarios sean las pequeñas y medianas empresas y autónomos afectados por las consecuencias económicas del COVID-19.
En el BOE del 9 de mayo se ha publicado la Resolución
de 6 de mayo de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo
a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de
mayo de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones del tercer
tramo de la línea de avales a préstamos concedidos a empresas y autónomos, a
los pagarés incorporados al Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) y a los
reavales concedidos por la Compañía Española de Reafianzamiento, SME, Sociedad
Anónima (CERSA), y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con
cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de
la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
A los efectos de dar publicidad al mencionado Acuerdo del
Consejo de Ministros de 5 de mayo de 2020 se publica este como anexo
a la presente Resolución. Se pone en marcha un nuevo tramo de la línea de
avales por importe de 20.000 millones de euros.
En el BOE del pasado 11 de abril se ha publicado la Resolución
de 10 de abril de 2020, de la Secretaría de Estado de
Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 10 de abril de 2020, por el que se instruye al Instituto de
Crédito Oficial a poner en marcha el segundo tramo de la línea de avales
aprobada por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y se establece que sus
beneficiarios sean las pequeñas y medianas empresas y autónomos afectados por
las consecuencias económicas del COVID-19.
A los efectos de dar publicidad al mencionado Acuerdo del
Consejo de Ministros de 10 de abril de 2020, se publica este como anexo
a la presente Resolución. Se pone en marcha con carácter inmediato un nuevo
tramo de la línea de avales, por un importe de 20.000 millones de euros (anexo
I), que complementa la aprobada por Acuerdo
de Consejo de Ministros de 24 de marzo de 2020 por importe de otros
20.000 millones de euros.