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Actualidad de la categoría: Fiscal

20/12/2019 Fiscal
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Calendario del contribuyente 2020, retenciones 2020 y portal de declaraciones informativas de 2019 de la AEAT

Disponibles en la web de la AEAT el calendario del contribuyente del 2020, el cuadro resumen sobre los tipos de retenciones de IRPF en 2020 y el servicio online de la AEAT para el cálculo de dichas retenciones, así como el portal de las declaraciones informativas del 2019 (novedades, formas y plazos de presentación etc.).

Fuente: AEAT

03/12/2019 Fiscal
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Publicada la Orden de Módulos para 2020

Se ha publicado en el BOE de 30 de noviembre de 2019, la Orden HAC/1164/2019, de 22 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2020 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Se mantiene la estructura de la Orden HAC/1264/2018, de 27 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2019 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

12/11/2019 Fiscal
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Información de la AEAT: Aviso fin de colaboración social restringida

La AEAT ha publicado en su web un aviso a colaboradores sociales que utilizan la modalidad de certificados electrónicos de representante de persona jurídica restringidos (colaboración social restringida). El día 14 de enero de 2020 dejará de validarse en las aplicaciones de presentación de declaraciones tributarias de la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la modalidad de colaboración social restringida, y únicamente se validará la denominada colaboración social delegada.

La colaboración social delegada permite gestionar el censo de los empleados (del colaborador social) que con sus certificados de usuario personales podrán presentar declaraciones tributarias (y consultar las previamente presentadas) en el ámbito de la colaboración social en la aplicación de los tributos. Este cambio está relacionado con el hecho de que los certificados de representante de persona jurídica se pueden utilizar ante cualquier administración pública que los admita con capacidad de representación total, por lo que no tiene sentido mantener la colaboración social restringida en el ámbito tributario.

En esta modalidad de colaboración social delegada, el colaborador social con su certificado electrónico podrá presentar (y consultar) las declaraciones de los obligados tributarios presentadas por él mismo o por cualquiera de sus empleados autorizados como delegados.

A partir de 14 de enero de 2020 con cualquier certificado electrónico en vigor (de representante de persona jurídica o de personas física si fuera el caso) del colaborador social, se podrán realizar tanto actuaciones en nombre de terceros como actuaciones en nombre propio. Solo revocando los certificados de representante de persona jurídica restringidos en la actualidad se evitará la presentación y consulta de las declaraciones propias del colaborador social. Por lo tanto, si utiliza la Colaboración Social Restringida debe migrar antes del 14 de enero a los empleados que actualmente utilizan certificados de representante de persona jurídica al nuevo modelo de Colaboración Social Delegada para que puedan seguir realizando presentaciones en nombre de terceros sin utilizar estos certificados electrónicos, que a partir de esa fecha se podrán utilizar sin ningún tipo de restricción en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Fuente (Agencia Estatal de Administración Tributaria)

25/10/2019 Fiscal
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Nota de prensa de la AEAT sobre proyecto piloto de borrador de IVA y remisión de datos fiscales en Sociedades

Se ha publicado nota de prensa de la AEAT, en la que se recoge el Plan Estratégico 2019-2022 que reforzará la asistencia al contribuyente con un proyecto piloto de borrador de IVA y remisión de datos fiscales en Sociedades.

En el caso del IVA, el proyecto piloto de borrador de declaración, se ofrecerá, en principio a un número reducido de contribuyentes dentro del total de incluidos en el Suministro Inmediato de Información, el SII.

En el caso de Sociedades, el próximo año (Sociedades 2019), se cederán los datos fiscales al contribuyente durante la campaña anual del impuesto sobre sociedades.

En materia de asistencia y prevención, se crearán las Administraciones de asistencia Digital Integral (ADI) , centros dedicados a la ayuda integral al contribuyente por teléfono e internet, en el marco de un Plan Estratégico trazado como instrumento clave en la toma de decisiones de la Agencia a medio y largo plazo.

Se consensuarán códigos de buenas prácticas para pymes y autónomos con organizaciones representativas de estos colectivos, con las que se trabajará también en medidas de lucha contra la economía sumergida.

Una batería de indicadores permitirá evaluar los resultados de la Agencia en materias tales como el ensanchamiento de bases imponibles generado por su labor de asistencia, prevención y control.

Se creará una Comisión Consultiva de Ética para asesorar a los funcionarios en la aplicación práctica del Código de Conducta de la Agencia Tributaria.

 

Fuente AEAT (25/10/19)

21/10/2019 Fiscal
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Modificación Impuesto Renta no Residentes (IRNR). Nuevo régimen especial de acreditación de residencia

Publicado en el BOE del pasado 19 de octubre, el Real Decreto 595/2019, de 18 de octubre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio.

Mediante este real decreto se introduce una nueva disposición adicional tercera en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en relación a la acreditación de la residencia por fondos de pensiones e instituciones de inversión colectiva a efectos de la aplicación de determinadas exenciones.

04/10/2019 Fiscal
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Información de la AEAT de los Efectos del BREXIT en el ámbito aduanero e Impuestos Especiales (carta a operadores)

La AEAT ha publicado en su página web información sobre las implicaciones fiscales en el ámbito aduanero e impuestos especiales, que se pueden producir como consecuencia de la salida de Reino Unido de la Unión Europea:

  • Los flujos de mercancías entre España y Reino Unido dejarán de tener la consideración de operaciones intracomunitarias para pasar a estar sujetos a formalidades aduaneras.
  • En materia de IVA, los envíos a Reino Unido estarán exentos como exportaciones, siendo la declaración aduanera de exportación uno de los medios de prueba admitidos a efectos de justificar dicha exención. Por el contrario, sus importaciones de Reino Unido estarán sujetas al pago del IVA a la importación.
  • Respecto a los Impuestos Especiales, implicaría que a partir de la salida efectiva del Reino Unido las expediciones/recepciones de productos objeto de Impuesto Especial se conviertan en exportaciones/importaciones y, por tanto, les sea de aplicación plena la normativa aduanera de la Unión.
  • Etc.
14/08/2019 Fiscal
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Resolución Dirección General de la AEAT. Solicitud de alta de trabajadores fronterizos autorizados

Publicada en el BOE del 13 de agosto de 2019, la Resolución de 2 de agosto de 2019, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se extiende la colaboración social a la presentación telemática de la solicitud de alta de trabajadores fronterizos autorizados aprobada por la Resolución de 25 de julio de 2014, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se regula el supuesto especial de uso del circuito rojo en el tráfico de viajeros en la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de La Línea de la Concepción para los trabajadores fronterizos.

08/08/2019 Fiscal
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Corrección de errores de la Orden que regula la llevanza de libros registros en IRPF

Publicada en el BOE de hoy, una corrección de errores de la Orden HAC/773/2019, de 28 de junio, por la que se regula la llevanza de los libros registros en el IRPF, en relación con la fecha de entrada en vigor de dicha orden.

La orden publicada inicialmente en el BOE del pasado 17 de julio de 2019, establecía lo siguiente: “La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y se aplicará a las anotaciones registrales correspondientes al ejercicio 2020 y siguientes, pues bien, lo correcto es: “La presente orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2020 y se aplicará a las anotaciones registrales correspondientes al ejercicio 2020 y siguientes”. 

07/08/2019 Fiscal
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Comisión Europea. Paquete de procedimientos de infracciones que afectan a España

La Comisión Europea publicó el pasado día 25 de julio un paquete de procedimientos de infracciones en el que emprende acciones jurídicas contra diversos Estados miembros, entre los que se encuentra España, por no haber cumplido adecuadamente las obligaciones que les incumben en virtud del Derecho de la UE. Abarca distintos sectores y ámbitos de actuación de la UE, cuya finalidad es garantizar la correcta aplicación del Derecho de la UE en beneficio de los ciudadanos y de las empresas.

17/07/2019 Fiscal
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Regulación de los libros registro en el IRPF

En el BOE de hoy, se ha publicado la Orden HAC/773/2019, de 28 de junio, por la que se regula la llevanza de los libros registros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en vigor desde el 18 de julio de 2019 (de aplicación a las anotaciones registrales correspondientes al ejercicio 2020 y siguientes) y mediante la cual se deroga la regulación anterior (Orden 4 de mayo de 1993 por la que se regula la forma de llevanza y el diligenciado de los libros-registros en el IRPF).

La finalidad de esta orden es actualizar y revisar el contenido de la norma anterior para su adaptación al Reglamento de IRPF tras las modificaciones introducidas, así como revisar el contenido de los libros registros.

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