En el BOE de 22 de marzo se ha publicado la Orden HAC/265/2024,
de 18 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el
Patrimonio, ejercicio 2023, se determinan el lugar, forma y plazos de
presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención,
modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se determinan las condiciones
generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios
electrónicos y se regula el reintegro de la ayuda prevista en el artículo 31
del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se
prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y
sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de
vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de
la isla de La Palma, con entrada en vigor el 23 de marzo de 2024.
Tras la publicación de diversa normativa, se han introducido
novedades a tener en cuenta en la declaración de la renta para el 2023, entre
las que podemos mencionar:
En el BOE de 7 de febrero, se ha publicado Real
Decreto 142/2024, de 6 de febrero, por el que se modifica el Reglamento del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto
439/2007, de 30 de marzo, en materia de retenciones e ingresos a cuenta, con entrada
en vigor el 8 de febrero de 2024.
Tras la publicación del Real
Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo
interprofesional para 2024 (37,8 euros/día o 1.134 euros/mes), se hace
necesario modificar el Reglamento del IRPF elevando la cuantía mínima para
practicar retenciones, que estaba establecida en 15.000 euros, a 15.876
euros anuales.
Recientemente se han publicado varias sentencias del Tribunal
Supremo en el que se fija criterio interpretativo respecto a la aplicación del
índice corrector para empresas de reducida dimensión.
En las instrucciones de la orden de módulos se determinan
los diferentes índices correctores especiales que se pueden aplicar en función
de la actividad que desarrollan (tales como, comercio menor de prensa, revistas
y libros en quioscos situados en la vía pública, actividad de transporte por
autotaxi, transporte urbano colectivo y de viajeros por carretera, etc.), e índices
correctores generales (para empresas de pequeña dimensión, índice corrector de
temporada, de exceso o por inicio de nuevas actividades).
Aprobado un nuevo modelo 379 “Declaración informativa
sobre pagos transfronterizos” y modificaciones en el modelo 030 “Censo
de obligados tributarios-Declaración censal de alta, cambio de domicilio y/o de
variación de datos personales”, modelo 036 “Declaración censal de alta,
modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores”,
modelo 037 “Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en
el Censo de empresarios, profesionales y retenedores”, modelo 390 “Declaración-resumen
anual del Impuesto sobre el Valor Añadido”, modelo 289 “Declaración-resumen
anual del Impuesto sobre el Valor Añadido” y modelo 345 “Declaración
Informativa. Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos. Mutualidades
de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes individuales de
Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de
Dependencia. Declaración anual partícipes y aportaciones”.
La Sección Segunda de la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha resuelto uno de los aspectos más controvertidos del derecho a la deducción fiscal por maternidad prevista en la ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el de la extensión de la deducción a los gastos de custodia de menores de tres años en guarderías.
Fuente:
Poder Judicial
En el BOE de 28 de diciembre de 2023, se ha publicado el Real
Decreto 1171/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifican el
Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto
1624/1992, de 29 de diciembre; el Reglamento de los Impuestos Especiales,
aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, y el Reglamento de procedimientos
amistosos en materia de imposición directa, aprobado por el Real Decreto
1794/2008, de 3 de noviembre.
Entre las novedades que se recogen mencionamos las
siguientes:
Se ha publicado el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, que recoge novedades en el ámbito fiscal, con entrada en vigor, salvo algunas excepciones, el 29 de diciembre de 2023.
En este Real Decreto se incluye la prórroga de los límites
excluyentes de módulos, nuevos plazos de renuncia y revocación, prórroga de la
deducción en IRPF por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas, prórroga
en el Impuesto sobre Sociedades de la libertad de amortización en inversiones
que utilicen energía procedente de fuentes renovables, etc.
En el BOE de hoy, se ha publicado el Real Decreto-ley
8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las
consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y
Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, que incluye la prórroga
para el 2024 de los límites excluyentes de módulos.
Así pues, se prorrogan para el ejercicio 2024 los límites
cuantitativos que se vienen aplicando en ejercicios anteriores, previstos en la
Disposición Transitoria 32ª de la Ley de IRPF y en la Disposición Transitoria
13ª de la Ley del IVA, que delimitan el ámbito de aplicación de método de
estimación objetiva del IRPF y del régimen simplificado y régimen especial de
agricultura, ganadería y pesca del IVA, respectivamente.
Se
ha publicado en el BOE de 21 de diciembre de 2023, la Orden
HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, por la que se desarrollan para el año
2024 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto Sobre el Valor
Añadido, con entrada en
vigor el 22 de diciembre de 2023 y efectos para el 2024.
Se
mantiene la estructura de la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre,
por la que se desarrollan para el año 2023 el método de estimación objetiva del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial
simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
En el BOE del 30 de noviembre de 2023, se publican las
siguientes Órdenes Ministeriales, que modifican o aprueban algunas
declaraciones informativas:
Orden
HFP/1286/2023, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Orden
EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la
Declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de
actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e
imputaciones de renta, y la Orden HAP/2368/2013, de 13 de diciembre, por la que
se aprueba el modelo 270, «Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta.
Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas» y se
determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación.
Orden
HFP/1285/2023, de 28 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 281,
"Declaración informativa trimestral de operaciones de comercio de bienes
corporales realizadas en la Zona Especial Canaria sin que las mercancías
transiten por territorio canario" y se establecen las condiciones y el
procedimiento para su presentación, y por la que se regulan los requisitos del
"Libro registro de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas
en la Zona Especial Canaria sin que las mercancías transiten por territorio
canario".
Orden
HFP/1284/2023, de 28 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 430 de
"Impuesto sobre las primas de seguros. Autoliquidación" y se
determina la forma y procedimiento para su presentación, y se modifican las
órdenes ministeriales que aprueban los diseños de registro de los modelos 165,
180, 184, 188, 189, 193, 194, 196, 198, 296 y se actualiza el contenido de los
anexos I y II de la orden ministerial que aprueba el modelo 289.