Publicada en el BOE del 25 de febrero de 2022 la Orden
HFP/115/2022, de 23 de febrero, por la que se aprueba la relación de
valores negociados en centros de negociación, con su valor de negociación medio
correspondiente al cuarto trimestre de 2021, a efectos de la declaración del
Impuesto sobre el Patrimonio del año 2021 y de la declaración informativa anual
acerca de valores, seguros y rentas, y por la que se modifica la Orden
EHA/3481/2008, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 189 de
declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, los diseños
físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores de dicho modelo
por soportes directamente legibles por ordenador y se establecen las condiciones
y el procedimiento para su presentación telemática, en vigor a partir del 26 de
febrero de 2022.
En el BOE de 25 de febrero se ha publicado la Ley
2/2022, de 24 de febrero, de medidas financieras de apoyo social y
económico y de cumplimiento de la ejecución de sentencias.
Mediante esta ley se adoptan determinadas medidas sociales y
económicas, como declarar exento el ingreso mínimo vital en el IRPF,
modificaciones del Régimen Económico y Fiscal de Canarias en relación con la
reserva de inversiones en Canarias, entre otras.
En el BOE de 30 de diciembre de 2021, se ha publicado la Orden
HFP/1480/2021, de 28 de diciembre, por la que se aprueban el contenido
y los plazos de presentación de la declaración de intercambio de bienes dentro
de la Unión Europea (Intrastat) y se determinan las condiciones generales y el
procedimiento para su presentación por medios telemáticos, con entrada en vigor
el 1 de enero de 2022.
Mediante esta orden se procede a la adecuación del contenido
de la declaración de Intrastat a los nuevos requerimientos exigibles por la
normativa de la Unión Europea. Tiene por objeto establecer el contenido, forma
y plazos de presentación de la mencionada declaración, así como fijar el
importe de los umbrales de exención para determinar la obligación de la
presentación de la declaración, el territorio estadístico y las medidas de
simplificación que puede adoptar cada Estado miembro de acuerdo con la sección
31 del capítulo IV del Anexo V del Reglamento
de Ejecución (UE) n.º 2020/1197 de la Comisión, de 30 de julio de 2020,
por el que se establecen especificaciones técnicas y modalidades con arreglo al
Reglamento (UE) n.º 2019/2152 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a
las estadísticas empresariales europeas.
La Ley 22/2021, de 28
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022,
publicada en el BOE del pasado 29 de diciembre, incluye la prórroga para el
2022 de los límites excluyentes de módulos.
Así pues, se prorrogan para el ejercicio 2022 los límites
cuantitativos que se vienen aplicando en ejercicios anteriores, previstos en la
Disposición Transitoria 32ª de la Ley de IRPF y en la Disposición Transitoria
13ª de la Ley del IVA, que delimitan el ámbito de aplicación de método de
estimación objetiva del IRPF y del régimen simplificado y régimen especial de
agricultura, ganadería y pesca del IVA, respectivamente.
En el BOE de 14 de diciembre se ha publicado la Orden
HFP/1395/2021, de 9 de diciembre, por la que se modifican la Orden
EHA/3851/2007, de 26 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 576 de
autoliquidación del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte,
y el modelo 06 de declaración del Impuesto Especial sobre Determinados Medios
de Transporte, exenciones y no sujeciones sin reconocimiento previo, la Orden
EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de
Declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños
físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación, la Orden
HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y
las condiciones generales para la presentación de determinadas
autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales,
comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria, y la
Orden HAC/171/2021, de 25 de febrero, por la que se aprueba el modelo 05,
«Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Solicitud de no
sujeción, exención y reducción de la base imponible», y se determinan el lugar,
forma, plazo y el procedimiento para su presentación.
Las modificaciones que se incluyen en esta orden son de
carácter esencialmente técnico cuyo objetivo principal es la actualización de
los contenidos y formas de presentación de determinadas declaraciones.
Se ha publicado en el BOE del 3 de diciembre de 2021, la Orden
HFP/1351/2021, de 1 de diciembre, por la que se modifican la Orden de
20 de noviembre de 2000, por la que se aprueban los modelos 180, en pesetas y
en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre
determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o
subarrendamiento de inmuebles urbanos; la Orden HAC/3580/2003, de 17 de
diciembre, por la que se aprueba el modelo 156 de declaración informativa anual
de las cotizaciones de afiliados y mutualistas a efectos de la deducción por
maternidad; la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba
el modelo 198, de declaración anual de operaciones con activos financieros y
otros valores mobiliarios; la Orden EHA/3021/2007, de 11 de octubre, por la que
se aprueba el modelo 182 de declaración informativa de donativos, donaciones y
aportaciones recibidas y disposiciones realizadas; la Orden EHA/3290/2008, de 6
de noviembre, por la que se aprueba el modelo 296 «Impuesto sobre la Renta de
no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración anual
de retenciones e ingresos a cuenta»; la Orden EHA/3481/2008, de 1 de diciembre,
por la que se aprueba el modelo 189 de declaración informativa anual acerca de
valores, seguros y rentas; la Orden HAP/1608/2014, de 4 de septiembre, por la
que se aprueba el modelo 187, de declaración informativa de acciones o
participaciones representativas del capital o del patrimonio de las
instituciones de inversión colectiva; y la Orden HAP/1695/2016, de 25 de
octubre, por la que se aprueba el modelo 289, de declaración informativa anual
de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua.
La presente orden contiene las modificaciones normativas
destinadas a actualizar la información tributaria relativa a las obligaciones
informativas, y cuyas principales características se describen a continuación.
Se ha publicado en el BOE de 2 de diciembre de 2021, la Orden HFP/1335/2021,
de 1 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2022 el método
de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el
régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Se mantiene la estructura de la Orden HAC/1155/2020, de 25
de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2021 el método de
estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el
régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
La AEAT ha publicado en su web información sobre la comunicación
a los efectos de las deducciones del cine, reguladas en el artículo 39.7 de la
Ley del Impuesto sobre Sociedades, que había sido modificado por la Ley 11/2020
de 30 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
(Fuente AEAT)
En el BOE del 9 de noviembre se ha publicado el Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre,
por el que se adapta el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, a la
reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional respecto del Impuesto sobre
el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, cuya entrada en vigor es el 10 de noviembre de
2021.
En la reciente Sentencia 182/2021, de fecha 26 de octubre de 2021,
el Tribunal Constitucional ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad de
los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, dejando un vacío normativo sobre la
determinación de la base imponible que impide la liquidación, comprobación,
recaudación y revisión de este tributo local y, por tanto, su exigibilidad.
El pasado 1 de octubre entró en vigor la Orden
HFP/1032/2021, de 29 de septiembre, por la que se aprueba el modelo de
solicitud de inclusión y comunicación de renuncia al sistema de Cuenta
Corriente en materia Tributaria y se regula la forma, condiciones y
procedimiento de su presentación.
Mediante este sistema, que se encuentra regulado en los artículos
138 a 143 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de
gestión e inspección tributaria (Real
Decreto 1065/2007, de 27 de julio), se permite la compensación de los
créditos y deudas de naturaleza tributaria (de las que sean titulares los
obligados tributarios que desarrollen actividades empresariales o profesionales)
que sean objeto de anotación en la cuenta, para facilitar el cumplimiento de
las obligaciones de pago de deudas tributarias y evitar continuos pagos y
cobros.