Hoy entra en vigor la Orden HAC/554/2019, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos
de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de
no Residentes adaptados a los cambios introducidos en diversa normativa
tributaria, Ley 6/2018, de 3 de julio de Presupuestos Generales del Estado para
2018, Real Decreto-ley 17/2018, de 8 de noviembre, por el que se modifica el
texto refundido de la Ley de ITP y AJD, entre otras.
El cobro de las cuotas nacionales y provinciales del Impuesto sobre
Actividades Económicas correspondientes al ejercicio 2019, se realizará a través
de las entidades de crédito colaboradoras en la recaudación con el documento de
ingreso que a tal efecto se hará llegar al contribuyente. En el caso de que
dicho documento no fuera recibido o se hubiese extraviado, el ingreso deberá
realizarse con un duplicado que se recogerá en la Delegación o Administraciones
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondientes a la
provincia del domicilio fiscal del contribuyente, para las cuotas de clase
nacional, o correspondientes a la provincia del domicilio donde se realice la
actividad, para cuotas de clase provincial.
Se ha publicado en la web de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria algunas aclaraciones sobre las solicitudes de
devolución por motivo de maternidad/paternidad cuando existe una previa
resolución desestimatoria y firme.
Se ha publicado en el BOE de hoy, la corrección de errores de
la Orden HAC/485/2019, de 12 de abril, por la que se reducen para el período
impositivo 2018, los índices de rendimiento neto aplicables en el método de
estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para
las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias
excepcionales (BOE 30 de abril de 2019), en la que se procede a efectuar la
oportuna rectificación en el anexo de la orden, añadiendo en determinadas
provincias algunos términos municipales, así como el índice de rendimiento neto
correspondiente.
Se ha publicado en el BOE de hoy, 30 de abril de 2019, la Orden HAC/485/2019, de 12 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2018, los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales, localizadas en determinadas zonas geográficas, y que entrará en vigor el 1 de mayo de 2019.
Estas reducciones se agrupan en un anexo por Comunidades
Autónomas, provincias, ámbitos territoriales y actividades.
La web de la Agencia Tributaria incorpora un nuevo banner de “herramientas asistencia virtual de IVA” que incluye dos nuevos servicios de ayuda:
Respecto al "Asistente virtual IVA" amplía sus contenidos para resolver dudas sobre operaciones inmobiliarias (sujeción al IVA, exenciones, sujeto pasivo, devengo y expedición de factura, base imponible, tipo impositivo, deducciones).
Ante la proximidad de la campaña de renta del 2018, nos hacemos
eco de una noticia relevante que puede ser de gran interés para los
contribuyentes que se pueden aplicar la deducción por vivienda habitual y que se
encuentren en una situación similar.
El
pasado día 16 de febrero de 2019, se ha publicado en el BOE la Orden HAC/135/2019, de 31 de enero,
por la que se modifica la Orden EHA/3482/2007, de 20 de noviembre, por la que
se aprueban determinados modelos, se refunden y actualizan diversas normas de
gestión en relación con los Impuestos Especiales de Fabricación y con el
Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos y se
modifica la Orden EHA/1308/2005, de 11 de mayo, por la que se aprueba el modelo
380 de declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido en
operaciones asimiladas a las importaciones, se determinan el lugar, forma y
plazo de presentación, así como las condiciones generales y el procedimiento
para su presentación por medios telemáticos, que ha entrado en vigor el 17 de
febrero de 2019.
Se
recogen determinadas medidas introducidas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018
y por el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores.
La Agencia Estatal de Administración Tributaria informa a
través de su página web sobre la aplicación
del tipo reducido del 10%, a los servicios prestados por intérpretes, artistas,
directores y técnicos.
Determina algunos
supuestos en los que se puede aplicar el tipo del 10%, si se cumplen los
requisitos, o el 21%, según quien sea el prestador del servicio, destinatario
del servicio o el tipo de servicio artístico prestado.
La Moncloa ha publicado ayer en su página web, un comunicado
del Ministerio de Hacienda sobre los “donativos” realizados a colegios concertados
y deducidos en el IRPF, que dice lo siguiente: