El 5 de noviembre de 2024, se publicó la Instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se modifica la Instrucción de 25 de octubre de 2022, sobre
el derecho de opción a la nacionalidad española establecido en la disposición
adicional octava de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática.
La Instrucción entró en vigor el día
siguiente a su publicación, es decir, el 6 de noviembre de 2024.
El BOE de 2 de octubre ha publicado el Real Decreto
991/2024, de 1 de octubre, sobre inscripción de las personas de
nacionalidad española en los Registros de Matrícula de las Oficinas Consulares
en el extranjero. Este real decreto entrará en vigor a los 6 meses de su
publicación en el BOE. Su implantación podrá realizarse de manera
progresiva de acuerdo con consideraciones de carácter técnico, durante el plazo
máximo de un año desde su entrada en vigor.
Este Real
Decreto, reemplaza el hasta ahora vigente Real Decreto 3425/2000, y tiene como
propósito acoger todas las reformas normativas producidas en los últimos años
en el ámbito de la Administración electrónica, interoperabilidad y seguridad
que afectan a la inscripción de españoles residentes en el extranjero.
La Comisaría General de Extranjería y Fronteras ha publicado
una Instrucción
2/2024 que afecta a las autorizaciones de regreso. Este documento se
expide con finalidad de garantizar la entrada de un extranjero a España siempre
que, su autorización esté siendo prorrogada o renovada.
Con motivo de la sentencia del Tribunal Supremo
414/2024, relativa a la situación de los demandantes de protección
internacional y el acceso al arraigo laboral, la Secretaría de Estado de
Migraciones ha publicado unos criterios de aplicación de la
jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y la sentencia
referenciada.
A continuación, desarrollamos los puntos más importantes de
los criterios, siendo de especial relevancia este documento ya que, su
implementación introducirá un giro importante en la práctica de extranjería:
excluir a los demandantes de protección internacional del acceso a una
autorización por arraigo laboral.
El Gobierno quiere eliminar las Golden visa
inmobiliarias, es decir, los permisos de residencia concedidos por el Gobierno
a inversores extranjeros que compren una vivienda de valor igual o superior a
500.000 euros. Así lo ha manifestado la ministra de Vivienda y Agenda Urbana,
Isabel Rodríguez, en el Consejo de Ministros celebrado el 9 de abril de 2024.
Con esta medida, el Ejecutivo pretende acabar con “la
especulación que se ha incrementado de manera muy notable” desde el año 2022,
cuando se duplicaron las concesiones de “visados inmobiliarios”.
Desde el 2013, año en que se aprobó la Ley, se han concedido 14.576
visados de residencia a través de esta vía; según los datos facilitados por
la ministra.
El 27 de marzo de 2024, la Secretaría de
Estado de Migraciones publicó la Instrucción SEM 1/2024 sobre sujetos
legitimados, comparecencia personal y representación en la formulación de
solicitudes en los procedimientos en materia de extranjería cuando el sujeto
legitimado se encuentre en territorio español.
En esta Instrucción se detalla cómo debe
realizarse la comparecencia y, en su caso, la representación en función del
proceso en materia de extranjería. En el caso del régimen de representación,
se diferencia entre si se trata de un trámite inicial o si es una modificación
o una renovación.
En el BOE de 4 de marzo de 2024,
se ordena la publicación del fallo de la sentencia del Tribunal Supremo de 5
de junio de 2023, por la cual se acuerda la nulidad del artículo
162-2.ºe), referido a las causas de extinción de la residencia temporal, en
concreto, cuando se permanezca fuera de España durante más de seis meses en un
periodo de un año (…).
Dentro de las razones, que conducen al Tribunal Supremo
a declarar nulo el anterior apartado, está que el reglamento de extranjería
carece del rango normativo necesario para restringir la libertad de
circulación:
Desde el 12 de marzo de 2024, está disponible en la
plataforma Mercurio la opción de presentar recursos administrativos en
materia de extranjería (recurso de alzada, reposición y extraordinario de
revisión).
El Tribunal Supremo en su sentencia
nº 103/2024, de 24 de enero de 2024, se pronuncia respecto a la
autorización de residencia por arraigo laboral, en concreto, cuando se trata de
un demandante de protección internacional que está recurriendo una resolución
denegatoria.
El caso se plantea a raíz de un ciudadano colombiano que
solicitó protección internacional, esta le fue denegada y recurrió en vía
contencioso-administrativa con solicitud de medidas cautelares, mientras el
recurso de decidía, el interesado permaneció en España y continuó desarrollando
actividad laboral.
El Tribunal de
Justicia de la Unión Europea en su sentencia de 30 de enero de 2024 (asunto C-560/20), esclarece varios aspectos vinculados a la
reagrupación familiar en el caso de los refugiados.
En concreto, en
este dictamen se examina la denegación de la reagrupación a favor de los
progenitores y la hermana de un joven refugiado sirio. Estos hechos tienen como
contexto que el menor refugiado alcanza la mayoría de edad durante el
procedimiento de la reagrupación, lo cual genera una serie de interrogantes
sobre esta figura legal.