Se ha publicado recientemente el Auto del Tribunal Supremo
de 24 de septiembre de 2020 (Recurso 204/2020) en el cual se suspende
cautelarmente el apartado segundo de la Orden 413/2020, de 15 de mayo, por
la que se establecen medidas especiales para la inspección técnica de
vehículos.
En el BOE de 6 de julio se ha publicado el Canje de Notas
constitutivo de Acuerdo
entre el Reino de España y la República de Costa Rica sobre el
reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales,
hecho en Madrid el 26 de septiembre y el 24 de octubre de 2018, que entrará en vigor el 10 de agosto de 2020.
En dicho acuerdo, las partes reconocen recíprocamente los
permisos y licencias de conducción nacionales expedidos por las autoridades
competentes de los Estados a quienes tuvieran su residencia legal en los
mismos, siempre que se encuentren en vigor y de conformidad con lo establecido
en el presente acuerdo y en los anexos I y II que constituyen parte integrante
del mismo.
Se establece que el titular de un permiso o licencia de
conducción valido y en vigor, expedido por una de las partes, siempre que tenga
la edad mínima exigida por el otro Estado, está autorizado a conducir
temporalmente en el territorio de éste, los vehículos a motor de las categorías
para las cuales su permiso o licencia sea válido, durante el tiempo que
determine la legislación nacional del Estado donde se pretenda hacer valer esta
autorización.
En el BOE de 6 de
julio de 2020 se ha publicado el Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio,
de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo, que
recoge el Programa de Renovación del parque circulante español en 2020 (PLAN
RENOVE 2020).
Con este programa se
pretende incentivar la adquisición en España de vehículos con las mejores
tecnologías disponibles, que permita la sustitución de los vehículos más
antiguos por modelos más limpios y más seguros, incorporando al mismo tiempo
criterios ambientales y sociales.
Este programa surtirá efectos desde el 15 de junio
de 2020, y finalizará el 31 de diciembre de 2020, o, si ocurriera antes,
cuando se agoten los importes disponibles.
Publicado en el BOE de 16 de mayo de 2020, la Orden
SND/413/2020, de 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales
para la inspección técnica de vehículos, con efectos desde el mismo día.
Con el objetivo de facilitar la realización del elevado
número de inspecciones técnicas periódicas de vehículos que han quedado
pendientes tras la declaración del estado de alarma, y cuya validez expira en
los próximos meses, es necesario ampliar de forma escalonada la prórroga de la
validez de los certificados de la inspección técnica periódica de los
vehículos, en 15 días naturales por cada semana transcurrida desde el inicio
del estado de alarma hasta que se hubiera producido el vencimiento del
certificado.
Se ha publicado en el BOE de 9 de mayo de 2020 la Orden
ICT/397/2020, de 30 de abril, por la que se actualizan los anexos I
y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, sobre las normas para la
aplicación de determinadas directivas de la CEE, relativas a la homologación de
tipo de vehículos automóviles, remolques, semirremolques, motocicletas,
ciclomotores y vehículos agrícolas, así como de partes y piezas de dichos
vehículos.
La aprobación de la Orden
EIC/1337/2017, de 18 de diciembre, de doce Reglamentos (UE), once
Reglamentos de Ejecución (UE) y doce Reglamentos Delegados (UE) hace necesaria,
la aprobación de una disposición que modifique los anexos I
y II del Real
Decreto 2028/1986, de 6 junio, a las nuevas normas comunitarias y nuevos
reglamentos aplicables a los vehículos de ruedas y los equipos y piezas que
puedan montarse o utilizarse en estos, y sobre las condiciones de
reconocimiento recíproco de las homologaciones concedidas.
En el BOE de 27 de abril, se ha publicado el Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola, a través del cual se regulan las condiciones para su inscripción en dicho registro, se fomenta la seguridad, el control medioambiental para excluir maquinaria con altos niveles de contaminación, se establecen limitaciones en los cambios de titularidad, entre otros puntos.
Se deroga el Real Decreto 1013/2009, de 19 de junio,
sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola, así como la Orden
del Ministerio de Agricultura, de 27 de julio de 1979, por la que se regula,
técnicamente, el equipamiento de los tractores agrícolas con bastidores o
cabinas oficialmente homologados.
Se publica en el BOE de hoy la Orden
INT/317/2020, de 2 de abril, por la que se desarrolla el Real Decreto
463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la
gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en
materia de matriculación y cambio de titularidad de determinados vehículos. Su
entrada en vigor es hoy mismo, 3 de abril de 2020.
Como consecuencia del estado de alarma en el que nos
encontramos por el COVID-19, a través de la disposición adicional tercera del
Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, quedaron interrumpidos los plazos para
la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público, y se
ha suspendido temporalmente la atención al público en las Jefaturas y Oficinas
Locales del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, entre otras
administraciones.
Con la finalidad de no impedir la puesta en circulación de
aquellos vehículos que sean necesarios para garantizar el adecuado
funcionamiento de las operaciones de transporte de mercancías y asegurar el
necesario abastecimiento de productos a la población, así como de los
transportes permitidos por las disposiciones aprobadas o que se aprueben con
ocasión de la declaración del estado de alarma, se aprueba una declaración
responsable para determinados procedimientos de matriculación y cambio de
titularidad, a la que se puede acceder a través del siguiente enlace.
Debido a la evolución de los acontecimientos de los últimos
días, desde la declaración del estado de alarma el pasado 14 de marzo, resulta
necesario regular la situación en los distintos ámbitos competenciales para
limitar la propagación y el contagio por el COVID-19. Por ello, en el BOE de
los últimos días se publican medidas excepcionales entre ellas las limitaciones
a la movilidad, controles en fronteras interiores terrestres y prohibiciones de
vuelos, buques de pasaje y cruceros, que unificamos a continuación:
1.- Orden
TMA/278/2020, de 24 de marzo, por la que se establecen ciertas condiciones
a los servicios de movilidad, en orden a la protección de personas, bienes y
lugares.
Vigente desde el 25
de marzo hasta el fin del estado de alarma o nueva Orden
2.- Orden
PCM/280/2020, de 24 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo
de Ministros de 24 de marzo de 2020, por el que se modifica el Acuerdo del
Consejo de Ministros de 10 de marzo de 2020, por el que se establecen medidas
excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19,
mediante la prohibición de los vuelos directos entre la República Italiana y
los Aeropuertos Españoles.
Vigente desde el 25
de marzo
3.- Orden
INT/283/2020, de 25 de marzo, por la que se prorrogan los controles en las
fronteras interiores terrestres restablecidos con motivo de la situación de
crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Vigente desde el 27
de marzo hasta el 11 de abril de 2020
4.- Orden
TMA/286/2020, de 25 de marzo, por la que se prorroga la prohibición de
entrada de buques de pasaje procedentes de la República Italiana y de cruceros
de cualquier origen con destino a puertos españoles para limitar la propagación
y el contagio por el COVID-19.
Vigente desde el 27
de marzo hasta el 9 de abril de 2020
En el BOE de 26 de marzo se ha publica la Orden INT/284/2020, de 25 de marzo, por la que se modifica la Orden INT/ 262/2020, de 20 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor (BOE de 21 de marzo de 2020).
En
el BOE del 31 de diciembre, se ha publicado la Orden HAC/1273/2019, de 16 de
diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la
gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre
Determinados Medios de Transporte, para 2020.