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Actualidad de la categoría: Sucesiones

30/12/2020 Sucesiones
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El turbio escenario del testamento y de la herencia de Rosario Porto

El 21 de septiembre de 2013, aunque suene paradójico ha marcado el principio del fin de una trama familiar en un escenario determinado por el terror, la premeditación y el peor de los desenlaces, la muerte.

Asunta, una niña inocente perdió la vida en la fecha indicada por decisión de sus padres, que con una antesala de 3 meses practicando macabros ensayos, ha quedado probado que la han asesinado con una dosis casi mortal, para posteriormente maniatarla y asfixiarla.

Tras meses de investigación y un intenso juicio ha quedado mas que probado que los progenitores de Asunta llevaban meses haciendo acopio de un ansiolítico muy potente, que suministraron a su hija como antesala al terrible suceso. Son varios los capítulos previos al terrible desenlace, pero a día de hoy, ni nunca, se llegará a aclarar el motivo que llevó a los padres de Asunta a acabar con su vida con tan solo 12 años de edad y una vida entera por vivir. 

28/08/2020 Sucesiones
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Las dificultades de desheredar a un hijo aún considerando tener motivos para hacerlo

A la hora de testar no existe la total libertad de disposición del patrimonio propio ya que hay una parte de la herencia, denominada legítima, no se puede disponer libremente ya que la Ley reserva al menos 1/3 del patrimonio a los herederos forzosos, salvo que existan motivos o causas para la desheredación, lo cual no es sencillo.

Como excepción de lo anterior, salvo en el País Vasco que desde 2015 una ley foral dispuso la libertad testamentaria, en el resto de España, para que los herederos forzosos pierdan su derecho a la legítima es necesario que hayan agredido físicamente a sus progenitores o les hayan privado de alimentos cuando los necesitaban. Y, además, desde hace ya algunos años, es habitual que los Tribunales admitan el maltrato psicológico por injurias, abandono o menosprecio como causa de desheredación, siempre que se trate de hechos muy graves y se puedan demostrar.  

Al respecto de este último requisito, la Audiencia Provincial de Castellón, en sentencia de 13 de junio de 2019, revocó la decisión de una madre de desheredar a su hija por insultarla, abandonar el hogar familiar y no acudir al sepelio de su padre. 

31/07/2020 Sucesiones
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Nuevo criterio del TSXG: La falta de inscripción en el Registro de parejas de hecho y sus efectos en el ISD

En reciente sentencia el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha denegado a una mujer que convivía en pareja obtener beneficios fiscales a la hora de recibir la herencia que le dejó su compañero sentimental porque no estaban inscritos en el Registro de Parejas de Hecho en Galicia.

El origen de los hechos deviene de la desestimación del recurso contra acuerdo del inspector jefe de la Axencia Tributaria de Galicia con fecha 14 de agosto de 2018, por el que se dicta liquidación por el concepto de ISD y resolución sancionadora que deriva de dicha liquidación.

El alto tribunal rechaza plantear una cuestión de inconstitucionalidad de la ley de la comunidad autónoma de Galicia que en materia de tributos dispone que solo se equiparan al matrimonio “las uniones de dos personas mayores de edad, capaces, que convivan con la intención o vocación de permanencia en una relación de afectividad análoga a la conyugal y que la inscriban en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia”. Se entiende que la exigencia legal que supedita la equiparación de las uniones de hecho al matrimonio con la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho se ajusta plenamente a derecho, por lo que, dicha inscripción tiene carácter constitutivo.

Por lo anterior, el Tribunal Gallego ha estimado que la recurrente ha de abonar el ISD íntegro, sin ninguna bonificación, al no equiparse al matrimonio su unión con el fallecido, por exigir la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho para los efectos de tributación en el impuesto de sucesiones.

Este mismo Tribunal en sentencia anterior, también reciente,  llegó a la conclusión contraria, resultando afectada la pareja de una persona declarada incapaz, a la que se le liberó de abonar el ISD reclamado de lo heredado de su pareja, porque la creación del registro fue posterior a la fecha en la que se declaró la incapacidad. 

18/12/2018 Sucesiones
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LEY 15/2018, de 22 de noviembre, sobre la tributación de la fiducia aragonesa en el ISD

En el BOA (Boletín Oficial de Aragón) de 13 de diciembre se ha publicado la Ley 15/2018, de 22 de noviembre, sobre la tributación de la fiducia aragonesa en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, con entrada en vigor al día siguiente de su publicación.

La presente Ley cuenta con un Artículo único que modifica el artículo 133-2 del texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón. 



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